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PREGUNTAS FRECUENTES

1.- ¿Cuándo estoy ante un despido injustificado? 

 Un despido injustificado por simple definición es cuando sin caer el trabajador en ninguna falta que sancione la Ley Federal del Trabajo, su patrón sea éste persona física o moral da por terminada la relación laboral que los unía de forma unilateral.

 

Pero por experiencia la muchas de las veces los patrones no despiden directamente a sus empleado,  si no que utilizan diversas tácticas como el cambiarlos de horario, sucursal, puesto o inclusive medidas más extremas como degradarlos de categoría o salario inclusive llegando al acoso con el fin del fastidio y por ende la renuncia voluntaria del trabajador.

 

Por lo que si usted hoy día está sufriendo alguna de estas conductas en su trabajo y está esperando escuchar las palabras “ESTÁS DESPEDIDO” quizá no lleguen antes de que usted decida renunciar debido al maltrato sufrido por lo que antes de tomar decisión alguna consúltenos.


2.- ¿Cuáles son mis derechos ante un despido injustificado?

La Constitución Política de nuestro país indica que cuando un trabajador es despedido tiene derecho a recibir 3 meses de salario, más las prestaciones a que tiene derecho tales como vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, prima de antigüedad, días trabajados y demás prestaciones extralegales como caja, fondo de ahorro, horas extras, salarios caídos, comisiones entre otras que se ganan cuando tenemos una sentencia que en materia laboral se llama laudo.

 

3.- ¿Qué debo hacer ante un despido injustificado?

Definitivamente y sin lugar a dudas consultar un abogado especialista en materia laboral, no con el fin de demandar o no si no que reciba una correcta orientación de sus derechos y este en la facultad de tomar la mejor decisión para usted. 

Juzgados Laborales:  le brindamos asesoría  sin costo alguno.

4.- ¿Cuánto tiempo tengo para demandar?

Tiene 60 días naturales para demandar por lo que hace a una indemnización constitucional y un año para demandar el concepto de prestaciones (ejemplo: vacaciones, aguinaldo, prima vacacional..)

5.- ¿Cuánto tiempo va a durar el procedimiento?

Todos los juicios son diferentes  nadie le puede decir cuánto va a durar el procedimiento ya que esto depende de infinidad de factores.

6.-¿Cuánto dinero voy a obtener?

Nosotros le daremos a usted un proyecto de liquidación total y un proyecto de una negociación nunca serán estos números definitivos ni exactos pero sí serán muy cercanos a los estimados por la autoridad.

7.-¿Puedo trabajar si tengo una demanda?

 Claro que puede y debe seguir laborando si así lo desea en nuestra firma solo pedimos la presentación forzosa de nuestros clientes la menor de las veces posibles.

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8.- ¿Me van a boletinar si demando a la empresa en que laboraba?
No el boletín laboral para efectos de no contratar a un trabajador en una empresa no existe, actualmente tenemos más de 300,000.

 

Demandas y diariamente se suman mas por lo que sería muy caro crear dicho boletín para las empresas y además tendría un costo muy alto es simplemente un mito mas de los patrones para evitar que los trabajadores exijan sus derechos.

9.- ¿Quién puede cobrar mi dinero?
Nadie solo usted puede cobrar su dinero, ni familiares, ni amigos, ni abogados pueden cobrar en representación suya. 

10.-¿Cuánto cobran?
La firma cobra un porcentaje del total obtenido, dicho porcentaje es el 38% que incluye todos los gastos, impuestos y los honorarios correspondientes, pero nunca cobra ni un solo peso hasta que a usted le paguen, un peso significa

 "POLÍTICA CERO GASTOS" esto se traduce en :
 

$0 para copias y/o papelería,
$0 para telefonía, 
$0 para traslados, 
$0 para cualquier otro gasto

Por lo que nunca pagará un servicio por adelantado, garantizando así que usted pagará solo por un servicio de alto nivel y con la plena satisfacción de usted.

Condiciones que se pactan por escrito mediante contrato para su seguridad.

 

11.- ¿Está bien que firme mi renuncia?
Cuando usted firma una renuncia, no renuncia a su empleo únicamente si no a todos sus derechos tales como una indemnización constitucional, prima de antigüedad y demás prestaciones. 

Por lo cual no  se recomienda bajo ninguna circunstancia firmar renuncia alguna sin antes recibir un Consejo Legal  y así pueda usted tomar la decisión correcta y más aún si existe cualquier tipo de presión para que lo haga.

12.- ¿Cuál es la diferencia entre un finiquito y una liquidación?
Por costumbre no suenan muy familiares las palabras y quizá podamos hasta confundirlas pero son abismalmente opuestas un finiquito únicamente comprende:

1.- aguinaldo
2.- vacaciones
3.- prima vacacional
4.- días laborados
5.- alguna otra prestación extra legal. 

Una liquidación además de estos conceptos incluye:

1.- prima de antigüedad
2.- indemnización constitucional.

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13.- ¿Que son las actas administrativas?

 Las Actas administrativas: Son documentos que los patrones elaboran a fin de dejar constancia de faltas a sus obligaciones. Actualmente se ha detectado un abuso de dichos documentos por parte de los patrones, quienes las utilizan a su conveniencia con la finalidad de afectar derechos laborales de los trabajadores, por lo que en caso de que tu patrón pretenda que firmes cualquier documento de este tipo, es necesario te asesores con un abogado laboral.

 

14.- ¿Que son las asesorias de primer, segundo y tercer nivel que muchas empresas manejan?

 Asesorias de primer, segundo y tercer nivel.- Son actas administrativas que utilizan ciertas empresas con la finalidad de amedrentar a sus trabajadores a fin de que sean estos quienes renuncien a sus empleos, por lo que en caso de que estes frente a una de estas situaciones es importante que nos consultes.

 

SI TIENE MÁS DUDAS, AGENDE UNA CITA LA CUAL NO TIENE COSTO ALGUNO DONDE UN LICENCIADO EN DERECHO ESPECIALISTA EN MATERIA LABORAL LE BRINDARÁ LA ASESORÍA QUE USTED REQUIERE

¡Gracias por tu mensaje!

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